Este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte recurrente demandante, Abogada ANA ELIZABETH REYES RAMOS.
SEGUNDO: Se revoca el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, de fecha 24 de mayo de 2007, en cuanto al particular segundo del mencionado auto, quedando incólume el resto de la mencionada decisión.
TERCERO: Se ordena al tribunal de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo que resulte competente, designar un solo experto contable para que realice la experticia complementaria del fallo y calcule los intereses sobre prestaciones sociales o intereses sobre antigüedad, indexación monetaria y los intereses .....