Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Privada Abogada Uraima Prato, en el sentido de que sea modificada la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, consistente en un cambo de sitio de reclusión, que pesa sobre el acusado HAROLD VARGAS CERON CI.E 86.079.821, Colombiano, nacido en fecha 01-09-82. en Miraflores Del Guaviare Colombia, de 29 años de edad, el cual tiene una estatura aproximada de 1.65, con un peso aproximado de 70 kilos, de piel clara, de contextura delgada, cabello liso de color castaño y ojos claros, y el cual reside actualmente en el barrio la Tigrera cerca del modulo de monseñor en una laja que llaman la piedra del municipio atures del estado amazonas, en consecuencia.....