.../Por lo anteriormente expuesto, concluye este Juzgador que en el presente caso este Tribunal no tiene jurisdicción para conocer y decidir la petición propuesta por el ciudadano PEDRO CAMACHO CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.640.927, en virtud de que reconstrucción de las actas del estado civil, corresponde a la Oficina o Unidad de Registro Civil del lugar donde se extendió, en el caso de marras, al Registro Civil del Municipio Autónomo Autana, del estado Amazonas, de conformidad con el artículo 154 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 92 al 105 de la Resolución (CNE) Nº 100623-0220, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.461 de fecha 08 de julio de 2010 . Así se decide.
Con fundamento a lo establecido en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir en consulta, la totalidad del presente expediente, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, y se declara la .....