ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud realizada por el Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público y en consecuencia se DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa seguida al ciudadano ACOSTA CUENCA ALONZO RAMON, titular de la cedula de identidad N° 2.231.621, de conformidad con lo establecido en el articulo 62 del Código Orgánico Procesal Penal, para el Tribunal Quinto de Control de Calabozo, estado Guarico.-
SEGUNDO: Se insta al ciudadano ACOSTA CUENCA ALONZO RAMON, titular de la cedula de identidad N° 2.231.621, a presentarse por sus propios medios a la Sede del Tribunal Quinto de Control de Calabozo, estado Guarico, quedando en libertad desde la sala de audiencias.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.-
Dada, firmada y sellada en la sede de.....