Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250 ordinales 1,2, y 3 concatenado con el artículo 251 parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal al Ciudadano Javier Giraldo Palacios, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Drogas en la Modalidad Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad.