Se prescinde de la celebración del juicio oral y público. Se decreta el cese de las medidas cautelares prevista en el artículo 39 numerales 4, 5 y 9 de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, consistente en PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA RESIDENCIA Y SITIO DE TRABAJO DE LA VÍCTIMA que pesan en contra de RODRIGUEZ ROJAS MONCE SILVANO, titular de la cédula de identidad N° 10664063. Se ordena la notificación de la víctima a fin de que de considerarlo procedente ejerza la facultad que le otorga el Código Orgánico Procesal Penal; Notifíquese a las partes