En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: ARODIS NINOSKA SIFONTE DE ZORRILLA y EDGAR RAMON ZORRILLA OLIVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.662.099 y V-10.664.003 respectivamente.