DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, expuestos anteriormente este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: Conceder un plazo prudencial de ciento veinte días al Fiscal Quinto (e) del Ministerio Público a fin de que presente algún acto conclusivo del proceso. En Puerto Ayacucho, a los catorce días del mes de julio del 2003.
El Juez Provisorio
Abg. Manuel Elías Gómez Brito
La Secretaria
Abg. Indra Cedeño Blanca
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Indra Cedeño Blanca
Causa N° 1U(a) 001-03