Este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la ley Condena a Jesús Amalio Aguilar Infante, de nacionalidad venezolana, a cumplir la pena de un año (1) año y cuatro (4) meses de prisión, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Graves, previsto y sancionado en el artículo 417, del Código Penal en perjuicio de Félix Rodríguez.