DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Funciones de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en nombre de la República y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, 37 y 74 ordinal 4° del Código Penal, CONDENA a los ciudadanos Felipe Ponare, Roberto Yavinape y Daniel Yavinape, ampliamente identificados al inicio de la presente sentencia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.
Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, relativas a la interdicción civil durante el tiempo de la pena, la inhabilitación política y a la sujeción a la v.....