..."Dicho lo anterior se observa que la apoderada judicial de la parte demandada en ningún momento contradijo y rechazó los alegatos establecidos por el actor en su escrito de libelo de demanda, más aún tan solo indica que va a contestar la demanda pero previamente interpone la reconvención y opone cuestiones previas sin realizar la debida contestación de la demanda, y de la revisión hecha al íter procesal del presente procedimiento por Cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, hoy es el último día de los cinco días de Despacho para dar contestación de la demanda de conformidad con el artículo 652 del Código de Procedimiento Civil, procedimiento que en virtud de la oposición hecha por la parte demandada transformó el proceso de monitorio (Intimación) a procedimiento breve, en virtud de la cuantía de la presente demanda que no pasa de los Ochenta y Dos Mil Quinientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 82.500,00) cantidad tope para tramitar los procesos a través del procedimiento bre.....