Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se Declara sin lugar la solicitud del Ministerio Público, en el sentido que se califique la Aprehensión en Flagrancia, en la presente causa seguida al ciudadano JOSE HUBERT CAICEDO ARBOLEDA, titular de la Cédula de Ciudadanía N° 16.766.318, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehiculo Automotor proveniente de hurto o Robo, previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo automotor en perjuicio de Ana Delia Martínez, al considerar que los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, no se encuentran acreditados. SEGUNDO: Se ORDENA la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal......