Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de reconocimiento de unión estable de hecho incoada por la ciudadana PEREZ ADELAIDA, en contra de los ciudadanos PEDRO JULIO PAYEMA PEREZ, URIEL PAYEMA PEREZ, LOURDES MARITALIA PAYEMA PEREZ, JOSE ALIRIO PAYEMA PEREZ, CRISALBA PAYEMA PEREZ, y MARITZA PAYEMA PEREZ, sucesores de quien en vida respondiera al nombre de Julio Payema. En consecuencia, se declara que, en el período comprendido entre el 19-04-1.973 y el 06-08-2013, existió una unión estable de hecho entre la ciudadana ADELAIDA PÉREZ y el hoy fallecido JULIO PAYEMA.