Una vez revisada las actuaciones que conforman el presente expediente; este Tribunal Primero de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ejecuta conforme lo establecido en los artículos 646 y 647, literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la sentencia definitivamente firme dictada en fecha 08 de Junio del año en curso, donde se ABSUELVE al adolescente OMITIDA SU IDENTIDAD de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 602, literales b, y e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por no resultar comprobada su participación en el delito por el cual el Ministerio Público acuso en su oportunidad legal, por la comisión del delito de: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFAC.....