DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO De las actuaciones consignadas por el Ministerio Público así como de la Declaración del imputado surgen suficientes elementos de convicción para estimar que se ha cometido el delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal y que el autor de ellas es el ciudadano LUÍS ANTONIO SEPÚLVEDA, venezolano titular de la cédula de identidad N° 9.228.390,nacido en San Cristóbal Estado Táchira, de profesión u oficio chofer hijo de la ciudadana Silenia Sepúlveda (F), estado civil divorciado, Residencias Alpinia, de Puerto ayacucho estado Amazonas, en perjuicio de JOSE DACOSTA, derivadas de accidente de transito del tipo arrollamiento, ocurrido el día 13 de Diciembre de 2006, .....