declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos JOSE LUIS MADRID PEREZ y ANGIEE LISBETH OMAÑA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números V-12.173.215 y V-14.194.563, respectivamente, por ante EL Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, asentado en el Acta de Matrimonio que corre inserta bajo el N° 01 de fecha Veintisiete (27) de Enero del año Mil Novecientos Noventa y Siete (1997).