Por los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN lugar, la Aprehensión en Flagrancia, del Ciudadano PABLO ERNESTO MATOS ESCOBAR, titular de la Cédula de Identidad N° V19.580.798, por no encontrarse llenos los extremos de Ley, de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO; Se insta al Ministerio Público a que continúe con las investigaciones y diligencias necesarias, para el total esclarecimiento de los Hechos, con el fin de que prevalezca la verdad para los fines de ley y, se presente el acto conclusivo en su debida oportunidad. TERCERO; a LA Solicitud de la Defensa, con referencia a la entrega del vehículo, la misma debe solicitarse formalmente por ante el Ministerio Públ.....