Conforme a lo dispuesto, se observa que el ciudadano JHONNY RAFAEL AREINAMOS RIOS, titular de la cedula de identidad Nº 17.198.734, continúa cumpliendo con las medidas cautelares decretadas en su contra en su oportunidad, de lo cual se evidencia del Sistema Organizacional Juris 2000, donde se refleja la Medida de Presentación cumplida por el referido ciudadano, siendo su última presentación en fecha 13 de Agosto de 2013, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR DECRETADA EN SU CONTRA, en virtud del Decreto del Archivo Fiscal por el Ministerio Público. Dése por terminado a la Medida de Presentación en el Sistema Juris 2000. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, notifíquese al imputado JHONNY RAFAEL AREINAMOS RIOS, y a la víctima RONEYDIS DE LA CRUZ RIVAS PONCE, déjese copia de un ejemplar de la presente en el copiador de sentencias interlocutorias de este tribunal. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimien.....