Con fundamento en las argumentaciones que preceden, este Juzgado Accidental N° 35 de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensora Pública Tercera Penal, en el sentido de que sea modificada la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, impuesta a los acusados ADRIAN JOSÉ SALAS MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.564.433 y ERVIN HOMMY TAVIO SANSONETTI, titular de la cédula de identidad Nº V-18.024.275; en consecuencia se acuerda mantener la medida de privación Judicial Preventiva de Libertad.
Notifíquese a las partes de esta decisión.
Diaricese, regístrese y publíquese.