En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio Mixto de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado DANNY JOSE RAMOS, por no quedar plenamente demostrado en el debate oral y publico la responsabilidad penal del acusado antes mencionado, en la comisión del delito en el grado de como AUTOR MATERIAL del delito de HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 407 ordinal 2 del Código Penal Vigente, en concordancia con el articulo 77 ordinales 1,5,8 y 11 ejusdem, en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de OSWALDO RAFAEL RODRIGUEZ RIVERO, así como el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del mismo ciudadano, por el delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 281 del Códig.....