virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo del Juez Primero de Primera Instancia de mediación, Sustanciación, ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ACEPTADA LA HERENCIA BAJO BENEFICIO DE INVENTARIO relativa al acervo sucesoral ab-intestato dejado por el decujus OMAR SILVA GARCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.303.573, a favor de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, de tres (03) y ocho (08) años de edad, así como la del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, de trece (13) años de.....