Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a la imputada MATILDE GARCÍA DE YURIYURI, venezolana, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.949.431, residenciada en el Barrio Casiquiare, casa de color verde con rejas de color azul detrás de la Cooperativa, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARCELA MARGARITA GONZALEZ, venezolana, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.325.916, residenciada en el Barrio Loma verde, casa de color blanco, frente al Taller ¿JJ¿, de esta localidad, por haber operado la PRESCIPCIÓN PENAL