En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensa privada Abg. JAIRO DANILO MÉNDEZ OLAYA, titular de la cédula de identidad Nº 5.165.301, Inpreabogado Nº 142.399, en su condición de representante legal del imputado TORRES ALVAREZ FREDDY JOAQUIN, titular de la cédula de identidad N° 21008726,en cuanto a fijar una audiencia especial ya que no se considera necesaria para pronunciarse sobre la solicitud planteada. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa en cuanto a revisión de mediadas considerando este juzgado mantener la medida de privación judicial de libertad. Notifique de la presente decisión al defensor privado y al imputado identificado.