Es por lo expuesto que este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Del estado Amazonas, en virtud que se ha recibido la totalidad del presente Asunto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos: Primero: Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a objeto que se sirva informar a este Tribunal de Control, sobre el cumplimiento de las presentaciones impuestas al ciudadano DIDABERTO BONILLA MEDINA. Segundo: Notifíquese a las partes. Cúmplase.