...En cuanto a las pruebas de Informe promovida en el Capítulo IV, este Juzgado admite las mismas en cuanto ha lugar en derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil y en virtud de que el expediente N° 2012-081 cursa por ante este Despacho, se fija el día Martes, 23 de Abril de 2013, a las 2:00 horas de la tarde, a objeto de evacuar la mencionada prueba de informes.
Con respecto a las pruebas testimoniales promovidas en el Capítulo V, se admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva, se acuerda librar boleta de citación a los ciudadanos YOEL DUARDO ROMERO DURAN, titular de la cedula de identidad Número V- 19. 352. 471, BEATRIZ BELEN DURAN DE ROMERO, titular de la cédula de identidad Número V-9.831,399 y EUDER ELIOMAR CASTILLO CATIMAY, titular de la cédula de identidad Número V-19.352.168, para que comparezcan el tercer día de Despacho siguient.....