ESTE TRIBUNAL DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación formulada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el ciudadano: ARTICULO 65 LOPNA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 18.835.432, nacido el 13-08-1988, de 17 años para el momento de los hechos, de estado civil soltero, hijo de José Jiménez (V) y Elvira González de Jiménez (V), actualmente domiciliado en el Fundo los Cinco Hermanos, ubicado en la comunidad de Agropa, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, por estar presuntamente incursa en el Delito previsto y sancionado en el encabezamiento del Articulo 31 en concordancia con el articulo 456 numeral 5 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustanci.....