Se revoca la medida cautelar impuesta en fecha 30 de Julio de 2003, establecida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consistía en la presentación diaria, por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial en contra del ciudadano Jaime Gregorio Rondón Cortéz, por incumplimiento de la medida arriba señalada. Así se decide.- Se ordenó orden de captura.