III
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expuesta, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas y su Aclaratoria, de fechas 22 y 30 de marzo de 2.005, respectivamente. Se condena en costas a la parte demandada recurrente. SEGUNDO: Se declara Parcialmente Con Lugar el Recurso de Apelación, ejercido por la parte demandante recurrente. TERCERO: No hay condena en costas a la parte demandante recurrente por cuanto no hay vencimiento total. CUARTO: Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda.
Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida.
No ob.....