Acuerda PRIMERO: Califica la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano Ronal José Gil o José Gregorio Bracamonte, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal por considerar que están llenos los extremos contenidos en la flagrancia. y una vez verificado que están dados los requisitos contenidos en el artículo 371 de la Ley Adjetiva Penal y a solicitud Fiscal decreta aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal se DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano Ronal José Gil o José Gregorio Bracamonte identificado ut-supra por la presunta comisión del lo delito de TENTATIVA DE HURTO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Luis Enriqu.....