Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano LEOMAR JESUS SILVA, titular de la cedula de identidad Nº 14.258.535, nació el 21/01/79, natural de Puerto Ayacucho, ocupación estudiante de ingeniería civil en la UNEFA, estado civil soltero, residenciado en la Avenida Orinoco, frente a la panadería, casa N°72, sus padres Ángel Mora (f) y Nieves Silva (v), por la presunta comisión del delito de ESTAFA previsto en el artículo 462 del Código Penal. El hecho de tener en su poder un arma de fuego cuya tenencia no pudo acreditar configura el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, conforme a las previsiones del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGU.....