Asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal me inhibo de conocer la causa signada con el numero XK01-P-2002-000014, seguida en contra de los ciudadanos César Augusto Acevedo Brathivatte y otros, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, en agravio de la Empresa Mercantil "Blindados de Oriente S.A", en virtud de que en fecha 14 de mayo de 2002, actué como Secretario del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas en la audiencia, en la audiencia fijada para la celebración de la audiencia preliminar, en la cual, aunque el Tribunal no se pronunció sobre la admisión o no de la acusación, se ventilaron hechos relativos a la medidas cautelares sobre los imputados, las solicitudes de que algunos de estos les fueran libradas ordenes de captura, así como la solicitud formulada por una de las partes de división de la