III
DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por inasistencia de los ciudadanos JOSÉ VICENTE AQUINO OLIVO, CARLOS JULIO JOROPA CUNICHE y JOSÉ GABRIEL AQUINO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.173.097, v-20.495.662 y V-23.985.059, respectivamente, parte demandante, a la celebración de la instalación de la audiencia preliminar, quedando terminado el proceso y se ordena la remisión del presente asunto al archivo judicial, una vez que transcurran los lapsos procesales para que el actor ejerza los recursos a que hubiera lugar, y quede firme la presente decisión.