En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a modificar el cómputo de la sanción, conforme lo establecido en los artículos 646 y 647, literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo los siguientes términos:
1°) ADOLESCENTE:, .....
2°) HECHO PUNIBLE: VIOLACION PRESUNTA, previsto y sancionado en el artículo 375 numeral 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 numerales 5° y 6° ejusdem.
3°) SANCION IMPUESTA EN LA SENTENCIA: PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de: UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de: UN (1) AÑO, la cual comenzará una vez cumplida la medida de privación de libertad, de conformidad con lo establecido en los a.....