Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la calificación de aprehensión en flagrancia, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano DUBER MINA ARACU Titular de la cedula CC- Nº -17.327.634 SEGUNDO: Se acuerda con lugar la solicitud de la Fiscalía de DUBER MINA ARACU Titular de la cedula CC- Nº -17.327.634, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DAMARIS ALVAREZ RODRIGUEZ, y se acuerda continuar por el procedimiento Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Or.....