Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 250, 248, 254 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano Garrido Oliveros Lázaro, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.606.094, de profesión u oficio docente, en la escuela integral granja de San Fernando de Atabapo, de estado civil casado, hijo de salvador garrido (v) Inés Oliveros (V), residenciado en san Fernando de Atabapo, barrio nuevo México al lado de Lenin Marquez, a quien la representación Fiscal le imputa la presunta comisión del delito Robo Genérico, previsto y sancionado en el art. 455, y lesiones personales establecidas en el artículo 413, ambos del Código penal.
SEGUNDO. Se decreta la Apren.....