ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA con lugar la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: MARCOS ANTONIO OROSCO TRIGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.304.469, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 175 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Rafael Orozco. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Publico, en relación a que le sea decretada la Medida Cautelar Sustitutiva de privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de autos, y en tal sentido se decreta la Libertad Sin Re.....