Éste Tribunal Primero de Responsabilidad Penal del Adolescente, en función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: PRIMERO: Se Decreta el Cese de la sanción dictada en fecha 30 de Julio del año 2.007 (F.147 al 149), pieza I, donde el adolescente sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), con ocasión de la admisión de los hechos por la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en los artículos 31 y 46 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la colectividad, donde fue sentenciado a cumplir la sanción de: SEIS (06) MESES de: SEMI-LIBERTAD, la cual fue cumplida en su totalidad, debido a que los DOS (02) MESES Y CUATRO (04) DIAS que le restaba por cumplir, había que restarle TRES (03) .....