Este Tribunal hace las siguientes observaciones: De la revisión de las actas procesales que conforman los expedientes antes enumerados, se observa que el imputado de ambas causas es la misma persona, por lo que de conformidad con el artículo 76(antes 73) primer aparte del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se proceda a la acumulación de la causa XP01-P-2009-000298, a la causa XK01-P-2013-000003. ASÍ SE DECIDE. En consecuencia, Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Ordena la acumulación de la Causa numero XP01-P-2009-000298 de la nomenclatura llevada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a la presente causa XK01-P-2013-00003, todo de confo.....