Por los razonamientos expuestos anteriormente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de la libertad decretada en fecha 30 de julio de 2003, al ciudadano Carlos Giovanni Gutiérrez Martínez, titular de la Cedula de Identidad N° 11.732.162. Debiendo presentarse el referido ciudadano cada quince (15) días específicamente los días lunes en el transcurso del día, ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial, manteniéndose en las mismas condiciones las restantes medidas cautelares impuestas, notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, y ofíciese al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo. Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.