En virtud de lo expuesto emite los siguientes pronunciamientos: ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida realizada por los Defensores Privados BELLA VERONICA BELTRAN Y CARLOS ESTE, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto las circunstancias por las cuales le fue dictada la medida privación judicial preventiva de la libertad al acusado LUIS JESUS GARCÍA, NO HAN VARIADO.
SEGUNDO: Se ordena el traslado inmediato del acusado LUIS JESUS GARCÍA, antes identificado, bajo estricta custodia policial al Hospital Dr. José Gregorio Hernández, en esta ciudad, a los fines de que el mismo sea tratado a nivel clínico con el objeto de que le sea proporcionado el tratamiento médico adecuado y que.....