Considerando lo anteriormente analizado y establecido, debe este Tribunal negar la solicitud de medida cautelar formulada por el demandante, por no constar a los autos prueba de la cual pueda desprenderse presunción grave del riesgo manifiesto de que la sentencia, que eventualmente se dicte en su favor, pueda hacerse ilusoria, si no se dicta la cautelar que pide. Así se decide.