NIEGA LA LIBERTAD, por no cumplir con los requisitos de ley, en consecuencia por no estar ajustada a derecho, la solicitud formulada por el ciudadano Robert Mundarain Morales, Defensor Público Tercero Penal de esta Circunscripción Judicial, en su carácter de defensor de Penado GIOVANNI ANTONIO APOTO MARTINEZ, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.