Esta Corte de Apelciones del estado Amazonas, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada GLOARLYS PACHECO PERDOMO, Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la decisión proferida en fecha 22SEP2009, y fundamentada en fecha 29SEP2009, por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó el sobreseimiento de la causa de conformidad a lo establecido en el artículo 318, numeral 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, seguido a los ciudadanos WILFREDO BENAVIDEZ GUZMAN, ASUNCIÓN SANCHEZ y SAMUEL LAZCANO LOPEZ, por la presunta comisión del delito de Contrabando, debiéndose en consecuencia anular la decisión aquí recurrida, restituir la Medida de Privación Judicial de Libertad, que recaía en contra de los imputados de autos, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con bas.....