Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana DIANETH MAIBELYN HERRERA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.835.045, progenitora de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de seis (06) años de edad, en contra del ciudadano OSCAR ALBERTO LOPEZ DA GAMA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.105.828. Y ASI SE DECIDE.
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