Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere la Ley se DECLARA INADMISIBLE LA RECUSACIÓN formulada por la ciudadana Abog. KALY BARRIOS, por lo que este Tribunal continuará conociendo de la presente causa.