Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 250, numerales, 2 y 3 del artículo 251 y numeral 2 del artículo 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, JAVIER ANTONIO QUEVEDO ZAMBRANO, de 24 años de edad, nacido en fecha 05-04-1984, titular de la cédula de identidad número V- 16.329.040, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal, y asociación para delinquir establecido en el artículo 6 de la ley Orgánica contra la delincuencia Organizada en perjuicio del ciudadano, GERARDO ANTONIO ANDRADE, y el Estado Venezolano.
SEGUNDO. Se decreta, ORDEN DE APREHENSION, contra el ciudada.....