Esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se declara sin lugar la apelación interpuesta, por el abogado ROBERT E. MUNDARAIN MORALES, por cuanto esta Corte de Apelaciones observa que se encuentran llenos los extremos de los artículos 250 ordinales 1° , 2°, 3° y 251 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal Función Control de fecha 12NOV2004 y fundamentada en fecha 14NOV2004.