Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano DIEGO ALFONZO FERNANDEZ APONTE, titular de la cédula de identidad N° V-14.565.321, de nacionalidad venezolana, de 31 años de edad, residenciado en Barrio el Moñito al lado donde venden shawarma, frente al abasto, de profesión chofer, grado instrucción quinto año, nacido en fecha 12/04/1987, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud Fiscal, concerniente al Decreto de la MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado DIEGO ALFONZO FERNANDEZ APONTE, titular de la cédula.....