Por todas las anteriores razones, a los fines de proteger el derecho establecido en el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CON LUGAR la presente demanda incoada por la ciudadana CARMEN TERESA ESPAÑA, Fiscal Tercera (SE) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en consecuencia, el ciudadano ISAAC MAITA MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.606.810, debe cumplir con la Obligación Alimentaria que se fija en los siguientes términos:
1) Una mensualidad equivalente al 30% del salario mensual que perciba el Obligado Alimentario.
2) Una cuota equivalente al 30% del bono vacacional que perciba en Obligado Alimentario.
3) Una cuota equivalente al 30% del bono de fin de año que.....