En tal sentido encontrándose presente el adolescente e impuesto ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬de los derechos que le asisten, se deja constancia de lo siguiente: PRIMERO: Se procedió a dar lectura al auto de ejecución de la sanción y cómputo definitivo de fecha 22 de Abril de 2009, en virtud del a sentencia definitivamente firme donde el Tribunal Penal Primero de Control, de la sección de Adolescentes de este Circuito Judicial del Estado Amazonas, dictó sentencia por admisión de los hechos, contra el ciudadano: (IDENTIDAD OMITIDA) bajo los siguientes términos: SANCION IMPUESTA: 1°) SEMI-LIBERTAD, por el plazo de OCHO (8) MESES, la cual será cumplida en la Casa de Formación Integral (C.F.I) Amazonas, ubicado en la Urbanización Chaparralito de esta Ciudad, y 2°) LIBERTAD ASISTIDA, por el plazo de UN (1) AÑO, donde el adolescente deberá comparecer por ante el equipo multidisciplinario de este Circuito Judicial, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620 literales "e" y "d" de la Ley Org.....